
Ahora la Ciudad de Buenos Aires cobrará la atención médica para los extranjeros
Se publicó en el Boletín Oficial porteño, con la firma del ministro de salud, Fernando Quirós. La resolución aclara que no se privara a las personas extranjeras permanentes y temporarias de servicios de salud básicos , sin embargo, si se les facturaran adicionales por estudios programados a aquellos extranjeros que no tengan el DNI argentino. El comunicado especifica que de todas formas se les atenderá en casos de emergencia sin distinción ni tarifas adicionales.
Tambien se expone como deberán hacer aquellos sin DNI argentino que requieran atención médica pública:
- Identificación del caso: el personal administrativo del hospital verificará si el solicitante cumple con los criterios para ser considerado un paciente sin DNI argentino.
- Derivación a la Dirección Médica: se le pedirá al solicitante que presente una orden médica o documentación respaldatoria y complete un formulario de solicitud de presupuesto.
- Cálculo del presupuesto: la Oficina de Gestión de Presupuesto a Extranjeros calculará el costo del procedimiento médico necesario y remitirá la información a la Dirección General de Coordinación de Redes y Financiamiento en Salud.
- Evaluación del pago: se notificará al solicitante el costo de la prestación. Si puede cubrirlo, se autorizará la práctica. Si no, deberá gestionar el pago a través del consulado de su país de origen.
- Intervención del Comité de Expertos: en caso de que el consulado no cubra la prestación, un comité conformado por directores de hospitales públicos de la Ciudad evaluará el caso y decidirá si se autoriza o no el procedimiento sin costo.
- Facturación: si la práctica es aprobada con cargo, la Facturación y Cobranzas de los Efectores Públicos (FACOEP) emitirá la factura correspondiente y la enviará al consulado o al solicitante.